martes, 19 de noviembre de 2013

México; Cádiz a 1917

ANTECEDENTES:
Constitución de 1812
La constitución de cádiz se refiere a la Constitución española de 1812, promulgada por las Cortes Generales de España, su importancia recae en el corte liberal que la sostiene , de las mas liberales de su tiempo. Aunque solo estuvo dos años vigente, hasta el regreso de Fernando VII, se implemento consecutivamente, en los gobiernos liberales subsecuentes y por tiempos; Trienio Liberal 1820-1823 y posteriormente en 1836-1837.


Entre sus artículos mas destacado, figuran: las soberanía recae en la constitución ya no en el rey , una monarquía constitucional, la separación de poderes, limitaciones a los poderes del rey, el sufragio masculino libre y una serie de mas libertades ciudadanas. 
Mantiene la figura de Estado Confesional Católico y el rey lo seguiría siendo "por la Gracia de Dios y de la Constitución"
Convierte en nuevos ciudadanos a los antiguos súbditos del absolutismo, y que incluía en su definición de ciudadanos españoles no solo a los europeos, o sus descendientes americanos, sino también a las castas y a los indígenas de los territorios de América, lo que se tradujo, en tercer lugar, en su trascendencia para las nacientes legislaciones americanas.
Ademas de que hacen imperante la presencia del rey en la inauguración de sesiones de las cortes, esta presencia del ejecutivo la mantienen las constituciones de 1824, 1836, 1843, 1957, 1917, del México actual.
Al regreso de Fernando VII al trono, se abolió la constitución, tras la década absolutista, frustrada la opción autonomista, el nacionalismo ultramarino optó por la insurrección armada, lo que condicionó la situación final revolucionaria española hasta el triunfo de las independencias continentales americanas en 1825.





Constitución de 1824
La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 entró en vigor el 4 de octubre de 1824, después del derrocamiento del Primer Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide. En la nueva Constitución, la república tomaba el nombre de Estados Unidos Mexicanos, y era definida como una república federal representativa, con el catolicismo como la única religión oficial.

Tras la abdicación de Agustín de Iturbide al Primer Imperio Mexicano, se estableció un Supremo Poder Ejecutivo formado por un triunvirato cuyos integrantes eran los generales Pedro Celestino Negrete, Nicolás Bravo y Guadalupe Victoria, cuyos suplentes fueron José Mariano de Michelena, Miguel Domínguez y Vicente Guerrero. Este Supremo Poder Ejecutivo fue un gobierno provisional que convocó un nuevo Congreso Constituyente que se instaló el 7 de noviembre de 1824. Establece organización de gobierno federal pero no regula las garantías individuales.

Constitución de 1836
Las Siete leyes o Constitución de régimen centralista de 1836 fueron una serie de instrumentos constitucionales que alteraron la estructura de la naciente República Federal de los Estados Unidos Mexicanos a principios del siglo XIX. Si bien fueron promovidas por Santa Anna, que con licencia en el cargo de Presidente de México intrigaba desde su hacienda Manga de Clavo en Veracruz, las leyes fueron promulgadas por el Presidente interino José Justo Corro el 30 de diciembre de 1836. Estas medidas de corte centralista ocasionaron la declaración de independencia de Texas, la de Tamaulipas y la de Yucatán. A pesar de la tendencia conservadora, las leyes contemplaban la división de poderes.



Con base en las Siete leyes, se estableció un cuarto poder: el Supremo Poder Conservador, el cual fue integrado por cinco ciudadanos. Estos deberían haber desempeñado la presidencia, vicepresidencia, o bien haber sido senadores, diputados, secretarios de despacho o ministros de la Corte. Este cuarto poder tenía la facultad de regular las acciones de los otros poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), bajo el argumento de que sus integrantes tenían la capacidad de interpretar la voluntad de la nación.


Constitución de 1843
En 1842 el congreso formuló un proyecto para una nueva Constitución. El diputado Mariano Otero propuso un gobierno republicano, representativo, popular y federal, así como un sistema de representación de las minorías, lo que ocasionó gran descontento de la fracción conservadora que derivó en diversos enfrentamientos que condujeron a que el congreso fuera disuelto. En junio de 1843 se sancionó una nueva Carta Magna a la que se dio el nombre de Bases orgánicas de los Estados Unidos Mexicanos de 1843.




Esta norma fue de corte centralista. Estuvo en vigor sólo tres años y suprimió el supremo poder conservador. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta.



Constitución de 1857

La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 fue una constitución de ideología liberal redactada por el autor del Congreso Constituyente de 1857 durante la presidencia de Ignacio Comonfort. Fue jurada el 5 de febrero de 1857. Estableció las garantías individuales a los ciudadanos mexicanos, la libertad de expresión, la libertad de asamblea, la libertad de portar armas. Reafirmó la abolición de la esclavitud, eliminó la prisión por deudas civiles, las formas de castigo por tormento incluyendo la pena de muerte, las alcabalas y aduanas internas. Prohibió los títulos de nobleza, honores hereditarios y monopolios.


Ciertos artículos fueron contrarios a los intereses de la Iglesia Católica, como la enseñanza laica, la supresión de fueros institucionales, y la enajenación de bienes raíces por parte de la misma. El Partido Conservador se opuso a la promulgación de la nueva Carta Magna polarizando así a la sociedad mexicana. A consecuencia, se inició la Guerra de Reforma, las pugnas entre liberales y conservadores se prolongaron por la Segunda Intervención francesa y por el establecimiento del Segundo Imperio Mexicano. Diez años más tarde, con la república restaurada, la Constitución tuvo vigencia en todo el territorio nacional.

Constitución de 1917
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la carta magna que rige actualmente en México. Es el marco político y legal para la organización y relación del gobierno federal con los Estados de México, los ciudadanos y todas las personas que viven o visitan el país. La actual Constitución es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, dado que fue la primera constitución de la historia en incluir los derechos sociales,1 2 dos años antes que la Constitución de Weimar de 1919.

La Constitución fue promulgada por el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1917 y entró en vigor el 1 de mayo del mismo año.3 Aunque la Constitución es formalmente la misma, su contenido ha sido reformado más de 200 veces y es muy diferente al original de 1917.

Entre los cambios respecto de la Constitución de 1857, se encuentran la eliminación de la reelección del presidente de la República y el cargo de vicepresidente. Cuenta con 136 artículos y 19 artículos transitorios.



En la constitución de 1917, los diputados obregonistas que le tienen mucho recelo al primer jefe Venustiano Carranza, lo quieren obligar, ademas de asistir a la inauguración del periodo de sesiones del congreso,a rendir un informe de gobierno, por eso la constitución de 1917 es híbrida, pues el presidente acudía, como jefe de estado y como jefe de gobierno.

Todas las constituciones de nuestra historia, incluyendo la vigente, mantienen la presencia del jefe del ejecutivo en la inauguración del periodo de sesiones del congreso, como jefe de ejecutivo, con la banda presidencial no puede ser reconvenido, como jefe de gobierno, debe estar sujeto al debate publico.


En una serie de adecuaciones que se hicieron en la legislatura anterior, verdaderamente lamentable y hecha a medias, se le quito la palabra asistir y se  le dejo presentar el informe, esto a creado un vació legal en el país, es un régimen presidencial, semipresidencial, estamos en un vació legal, la presencia del ejecutivo en el Congreso de la Unión es el símbolo mismo de la relación entre los poderes.